Pablo Iglesias implicado en 4 expedientes ante la Agencia de Protección de Datos (Samuel Parra)

21/05/2015

Samuel ParraCuestiones relativas a la falta de inscripción de ficheros de personal laboral, un sistema de videovigilancia denunciado por ser presuntamente ilícito, y hasta una multa de 3000 euros por tratar determinados datos personales sin consentimiento de sus titulares, en todos estos casos encontramos un denominador común: Pablo Iglesias.

Un estudio detallado de las Resoluciones de la Agencia Española de Protección de Datos ha revelado que Pablo Iglesias aparece vinculado en 4 expedientes ante este organismo, motivados por diversas cuestiones pero siempre bajo denuncia previa de un particular.

El caso más grave en el que figura Pablo Iglesias, por terminar en una multa de 3000 euros, es el relativo al procedimiento PS-00501-2013 de 21 de enero de 2014, donde la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), tras examinar las distintas alegaciones, concluye que se vulneró el principio del consentimiento al tratar datos personales sin el pertinente consentimiento de sus titulares, pero sin embargo, aplica una atenuante para minorar la sanción, al entender que existe una cualificada disminución de la culpabilidad del imputado.

Otro de los casos en los que encontramos a Pablo Iglesias es el relativo a una denuncia por la existencia de un sistema de videovigilancia considerado, por el denunciante, como ilícito; tras ser comunicado a través de la Policía Municipal de Madrid, los inspectores realizaron diversas investigaciones, si bien, tras ellas, concluyeron que “se constata que el sistema de videovigilancia instalado en su establecimiento reúne los requisitos anteriormente descritos, por lo que no se aprecia la existencia de infracción a la LOPD“, por lo que no fue sancionado, tal y como podemos ver en el procedimiento E-04477-2011 de 12 de marzo de 2012.

En los procedimientos A-00052-2011 y E-02439-2011 también podemos ver otros casos donde establecimientos ubicados en la Calle o Avenida Pablo Iglesias se han visto implicados en expedientes ante la AEPD.

En total, como decía, 4 expedientes donde el denunciado se encontraba domiciliado en la calle Pablo Iglesias de Madrid.

¿Se siente el lector molesto? ¿Irritado? ¿Ultrajado? ¿Troleado tal vez?

Si has llegado hasta este punto seguramente te encontrarás estupefacto ¿qué tomadura de pelo es esta?

¿Esperabas encontrar a Pablo Iglesias (la persona, el político, el de Podemos) en 4 casos ante la AEPD? Lógico, porque el titular y la entradilla hablan de “Pablo Iglesias” sin más, y el titular y la entradilla generan una “realidad”, que sin ser mentira (“Pablo Iglesias” aparece en esos expedientes de verdad) transmiten un mensaje deliberadamente construido para llamar la atención, atraer clicks y, lo que es peor, si el lector no concluye la lectura del artículo o no se informa en otras fuentes, será intoxicado con una información incorrecta.

Esta es la sensación que muchos profesionales del Derecho (y seguro que de cualquier otro sector) sentimos cuando los potentes medios de comunicación publican titulares y noticias que solo pretenden atraer visitas y clicks, sin el más mínimo remordimiento por soltar disparates y barbaridades en esos medios; sin preocuparse por transmitir una información veraz y leal, simplemente tienen en mente atraer el mayor número de visitas posibles. Esta ocasiona como efecto secundario el tener que convencer a los posibles clientes que vengan con ideas sacadas de los medios de comunicación que éstos estaban equivocados, cosa complicada por claro, si ha salido en la tele o en los medios, será verdad.

El titular que me ha animado a publicar este artículo protesta, fue este:

El decreto de autoconsumo permitirá que entren en tu casa sin orden judicial

El titular es correcto (como el de aquí de Pablo Iglesias) desde el punto de vista de que en efecto, el decreto de autoconsumo permite entrar en tu casa sin orden judicial, pero si uno no lee la noticia hasta el final, no descubre que lo que el decreto de autoconsumo dice es que sí, podrán entrar sin orden, pero siempre con el consentimiento y autorización del afectado, en caso contrario, se requiere orden judicial. Pero claro, si añadimos ese “matiz” en el titular, no le habría hecho caso nadie.

La “noticia”, como se puede ver, ha sido compartida en Twitter al menos 1066 veces, ha sido compartida en Facebook más de 10000 veces y llegó a ser portada en Menéame con más de 1000 meneos.

Cuando se publicó esta noticia, algunas voces mostraron su indignación, me refiero por ejemplo a este twitt de @sergiocm (Sergio Carrasco).

Se alertó incluso a la autora de ese artículo del manifiesto error, pero ahí sigue y seguirá la noticia con el infame titular ¿dónde ha quedado la ética periodística y el respeto al lector?

Este tipo de noticias se suceden todos los días, y no estoy hablando que el color político de un medio u otro reinterprete las cosas de una manera partidista, voy más allá, es un engaño a la ciudadanía con la simple finalidad de ganar dinero (atraer visitantes).

Autor: Samuel Parra

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